Escritura de matrimonio ante notario: efectos personales y sucesorios del matrimonio civil
Unirse en matrimonio es un paso importante en la vida de una pareja, pero también un procedimiento regulado por la ley que requiere cumplir ciertos requisitos materiales y formales.
El matrimonio dará lugar a efectos no sólo personales en la vida cotidiana de la pareja, sino también patrimoniales , tanto en vida como tras el fallecimiento de uno de sus miembros; y además no sólo entre los miembros de la pareja, sino también frente a terceros, como los acreedores.
No afectará sin embargo a los posibles hijos que tenga la pareja antes o después de la celebración del matrimonio ante Notario, ya que los derechos y deberes entre padres e hijos son independientes de la relación entre los progenitores. Puede no obstante ser relevante en algunos aspectos como la determinación de la filiación. Hablaremos de ello en otro capítulo
Es importante distinguir esta figura de otras que también pueden realizarse en Notaría Sánchez Tenajas – León, como la formalización de pareja de hecho: en este caso los otorgantes continúan estando solteros.
El matrimonio civil ante notario en León es una opción cada vez más habitual por su rapidez y claridad jurídica. A partir de la ley de 2005 ya pueden otorgar escritura de matrimonio ante notario las parejas de distinto o del mismo sexo.
Los efectos legales del matrimonio civil son los mismos que los celebrados en forma religiosa.
La escritura de matrimonio ante notario en León es el documento que formaliza el consentimiento matrimonial y constituye jurídicamente el matrimonio civil. Incluye la declaración del notario, la firma de los otorgantes y la posterior inscripción en el Registro Civil.
Desde que posteriormente, la reforma legal de 2015 atribuyó a los notarios, entre otros funcionarios, competencias en materia de jurisdicción voluntaria, el matrimonio civil puede celebrarse directamente ante notario, con rapidez, claridad y seguridad jurídica, una vez concluido el expediente matrimonial con un resultado positivo.
Cada vez más parejas en León que deciden realizar un matrimonio civil ante Notario eligen este sistema por su comodidad: permite, dentro de ciertos límites, amoldar la ceremonia a su gusto y mantener plazos generalmente más ágiles que los de otras vías.
En la Notaría Sánchez Tenajas – León podemos orientarte durante el proceso de celebración del matrimonio ante Notario para que todo esté preparado a tiempo, de acuerdo con tus expectativas y sin complicaciones.
¿Qué es la escritura de matrimonio ante notario?
La escritura de celebración del matrimonio es el instrumento mediante el cual el notario formaliza el consentimiento matrimonial y declara válidamente constituido el matrimonio civil. Está regulado en el artículo 52 de la Ley del Notariado.
Antes de poder casarse ante Notario en León, es imprescindible que exista acta previa matrimonial derivada del expediente matrimonial ya concluido.
La escritura de matrimonio recoge:
La identidad de los contrayentes
La manifestación expresa del consentimiento
La declaración del notario constituyendo el matrimonio, tras enunciar los derechos y obligaciones de los contrayentes en el código civil
Las firmas de los contrayentes y del notario
La presencia de testigos en su caso

¿Cómo se desarrolla la ceremonia?
El acto es solemne, pero sencillo. Habitualmente incluye:
- Comprobación de las identidades y lectura de las manifestaciones necesarias.
- Lectura y explicación de los deberes que la pareja contrae entre sí a consecuencia del matrimonio
- Emisión del consentimiento matrimonial por ambos contrayentes tras ser preguntados por el notario
- Declaración del notario:
> “Yo, Notario del Ilustre Colegio Notarial, os declaro unidos en matrimonio…”
- Firma del acta por los otorgantes.
- Tramitación posterior ante el Registro Civil.
A lo largo de la ceremonia, la pareja puede añadir las declaraciones o votos que tengan por conveniente y se hayan hablado previamente con el Notario.
- Efectos personales del matrimonio (arts. 66, 67 y 68 CC)
El matrimonio genera desde su celebración determinados efectos como:
Respeto y ayuda mutua
Actuación en interés de la familia
Convivencia
Igualdad de derechos y obligaciones
Estos efectos nacen desde el mismo acto de celebración, si bien la inscripción en el Registro Civil es necesaria para su plena eficacia frente a terceros. Su incumplimiento puede suponer la pérdida de derechos hereditarios.

Efectos patrimoniales fundamentales
Sin entrar en detalle —porque hablaremos más adelante las capitulaciones matrimoniales y el acta de notoriedad del régimen económico en artículos propios— sí debe señalarse que el matrimonio ante Notario produce efectos patrimoniales básicos:
Nace la obligación de contribuir al sostenimiento de las cargas familiares (art. 1318 CC).
En ausencia de capitulaciones, se aplica el régimen económico supletorio que corresponda según la ley aplicable.
En el caso de Castilla y León, éste será el régimen de sociedad de gananciales.
Ciertos actos requieren consentimiento de ambos cónyuges.
Se regula la responsabilidad de los gastos por los litigios que se mantengan en interés de la familia
Hablaremos del régimen matrimonial más adelante.
Efectos sucesorios del matrimonio ante Notario en León
El matrimonio que nace tras el otorgamiento de la escritura de matrimonio ante notario en León también genera efectos en materia sucesoria, especialmente en favor del cónyuge viudo (arts. 834 y ss. CC):
Usufructo del tercio de mejora si hay descendientes
Usufructo de la mitad de la herencia si no hay descendientes pero sí ascendientes
Usufructo de dos tercios si no hay ni descendientes ni ascendientes
Estos son los llamados derechos de legítima, que necesariamente hay que dejar al cónyuge viudo, salvo en casos como la desheredación.
El matrimonio también incluye a la pareja en la lista de posibles herederos en caso de fallecer el otro sin testamento. Próximamente hablaremos de esta cuestión.
Inscripción en el Registro Civil del matrimonio celebrado ante Notario en León
El matrimonio civil celebrado ante notario en León debe inscribirse obligatoriamente en el Registro Civil para que produzca efectos frente a terceros.
Normativa aplicable:
Artículo 58 de la Ley 20/2011 del Registro Civil
Reglamento de 1958, aplicable de forma supletoria
El notario remite el acta telemáticamente en el caso de aquellos registros civiles que se encuentran habilitados.
Preguntas frecuentes (FAQ) sobre el matrimonio ante Notario en León
¿Cuándo produce efectos el matrimonio?
Entre los cónyuges, desde la celebración; frente a terceros, desde la inscripción en el Registro Civil.
¿Tiene coste casarse ante notario?
Sí, pero los aranceles están regulados legalmente y son iguales para todas las notarías.
¿Puedo personalizar la ceremonia?
Dentro de ciertos límites, es posible adaptar el acto civil a las preferencias de la pareja.
¿Tiene alguna importancia el lugar de mi residencia?
Si alguno de los otorgantes reside en una comunidad con derecho civil foral, puede que influya en algunos efectos posteriores del matrimonio
¿Puedo casarme a través de un representante?
La ley admite esta posibilidad, bajo determinadas condiciones

Plaza de Onzonilla
La escritura de matrimonio ante Notario en León es el acto que constituye jurídicamente la unión matrimonial y que produce efectos personales, patrimoniales básicos y sucesorios.
En la Notaría Sánchez Tenajas – León podemos ayudarte casarte ante Notario en León de forma ágil, clara y totalmente segura.
Dedicamos este post y el anterior a nuestro buen amigo Saúl




